Visto el DESISTIMIENTO de fecha 07-12-2016, el cual riela al folio Ciento Treinta y Seis (136), de la primera pieza del presente expediente, suscrito por la abogada en ejercicio INGRID GONZALEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 180.432, en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano GASPAR CUELLAR CHACON, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad No. V- 24.719.578, parte actora en el presente juicio por DESALOJO, seguido contra la ciudadana FANNY JOSEFINA MALAVE, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad No. V- 9.816.250. Este Juzgado Primero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION, conforme a lo dispuesto en los artículos 263 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que el.....