-III-
DISPOSITIVO
Por lo expuesto, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE, la apelación interpuesta por el ciudadano JOHNNY RAMÓN GALUE MARTINEZ, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos WILMER BARRIOS, REINALDO PEREZ, JHONNY BAPTISTA, LUIS CHIRINOS, ENDER ESCANDELA, NESTOR MUÑOZ y ANGEL MONTIEL, en contra el auto de fecha once (11) de noviembre de 2014 dictado por el Tribunal Sexto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Zulia. SEGUNDO: SE REVOCA, el auto de fecha veintiuno (21) de noviembre de 2014 en donde se oye la apelación en un solo efecto. TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, a la parte accionada recurrente dada la naturaleza del fallo.
La presente decisión fue dictada en e.....