DECISIÓN: Exhorta a los interesados a consignar dentro de los veinte días de despacho siguientes a la publicación del presente fallo, documento poder apostillado, conforme a lo preceptuado en la Convención para Suprimir la Exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros, y la traducción por intérprete público de la autoridad que certifica el otorgamiento del referido poder, con la advertencia que el incumplimiento de los precitados requisitos, dará lugar a resolver con base a los recaudos que cursan en el expediente, en solicitud de exequatur solicitado por la ciudadana ADRIANA RAQUEL BUSTILLOS PEREDA, sobre sentencia o decreto de divorcio dictada en fecha 20 de marzo de 2013, por ante el TRIBUNAL DE CIRCUITO EN Y PARA EL CONDADO DE ORANGE, FLORIDA.