Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Sala de Juicio - Juez Unipersonal No. 03 de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley,
¿ Declara Terminado el presente procedimiento contentivo de Consignación de Cheque por Muerte. Así se Decide.
¿ Se Ordena Oficiar a la entidad bancaria Bicentenario Banco Universal a los fines de participarles los términos de esta sentencia.
¿ Ordena el cierre y el archivo del expediente, así como la devolución de los documentos originales consignados.
Publíquese Regístrese, Devuélvase y Oficiese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo, a los nueve (09) días del mes de diciembre de 2011.- Año: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.-