Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se DECLARA: INADMISIBLE la demanda que por PARTICION DE HERENCIA sigue la ciudadana FARIAL TAOUFIC JAMAL DE EL KADI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.426.142, en contra del ciudadano RACHID SAID EL KADI BERMUDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.306.310, por los fundamentos anteriormente expuestos.- Así se decide.-