DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente vertidos, este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES POR PRESTACIONES SOCIALES, OTROS CONCEPTOS LABORAL E INDEMNIZACIONES POR ENFERMEDAD PROFESIONAL intento la ciudadana YALITZA MARGARITA VÍLCHEZ PAZ contra la sociedad mercantil INVERSIONES AZUL CA, (INVERAZULCA).
SEGUNDO: Se exime a la ciudadana YALITZA MARGARITA VÍLCHEZ PAZ, de pagar las costas y costos del presente juicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.