Por los fundamentos ut supra expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la INHIBICIÓN planteada por la Jueza Provisoria del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Dra. KATTY URDANETA GONZÁLEZ, debiendo DESPRENDERSE del juicio que por ESTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES sigue el profesional del derecho WILL ANTONIO ANDRADE MEDINA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 69.830, en contra del ciudadano DAVID EUGENIO PINEDA BELLOSO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 1.082.117 en su propio nombre y en su condición de Presidente de la sociedad mercantil INVERSIONES PINEDA LEÓN C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripci.....