PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer el Recurso de Nulidad de Acto Administrativo, que fuera interpuesto contra Acto Administrativo, de fecha 04/03/2016, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Zulia, Sede Dr. Luís Hómez, en el expediente Nro. 042-2016-01-00799; la cual se ordenó el Reenganche del ciudadano EDUARDO ENRIQUE MARTÍNEZ GÓMEZ a sus labores habituales con el consecuente pago de los salarios caídos que se le adeuda y todos los demás beneficios a percibir.
SEGUNDO: ADMITE el Recurso de Nulidad de Acto Administrativo, que fuera interpuesto contra Acto Administrativo, de fecha 04/03/2016, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Zulia, Sede Dr. Luís Hómez, en el expediente Nro. 042-2016-01-00799; la cual se ordenó el Reenganche del ciudadano EDUARDO ENRIQUE MARTÍNEZ GÓMEZ a sus labores habituales con el consecuente pago de los salarios caídos que se le adeuda y todos los demás beneficios a percibir.