Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. FIJA al Representante de la Fiscalía Decimasexta del Ministerio Público un plazo prudencial de Noventa (90) días para la conclusión de la investigación, seguida al ciudadano: JOSÉ ARCÁNGEL ORTEGA, venezolano, natural de Caño Sancudo, Municipio José Ramos de Lora, Estado Mérida, de 25 años de edad, nació el 03-02-1981, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de José Jacinto Zambrano y de Carmen Amalia Ortega, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.056.077, y residenciado en el Barrio Bolívar, calle 4, casa s/n, cerca de la Tasca La Mano Dura, Municipio Francisco Javier Pulgar del Estado Zulia, por la presunta comisión del delito de: LESIONES INTENCIONALES SIMPLES, previsto y sancionado en el Artículo 413 del Código Penal Vene.....