? Decretar la MEDIDA DE EMBARGO PROVISIONAL sobre:
A) El Veinte Por Ciento (20%) del sueldo, bonos, horas extras diurnas y nocturnas que le correspondan al ciudadano RADELMO ANTONIO LEON SANCHEZ,
B) El Veinte Por Ciento (20%) de lo que devengue el reclamado sobre las Utilidades o Bonificación de Fin de Año.
C) El Veinte Por Ciento (20%) de las Vacaciones y/o Bono Vacacional.
D) En caso de que el ciudadano goce de los beneficios de primas por hijos, útiles escolares, gastos médicos retener el cien por ciento (100%) de tales conceptos.
E) El Veinte Por Ciento (20%) Antigüedad, Retroactivo, Prima de Antigüedad de Servicio, Fideicomiso, Prestaciones Sociales, Caja de Ahorros, o cualquier otra cantidad que pueda corresponderle al obligado en caso de Retiro, Jubilación, o Muerte Meritocracia o por haber terminado su relación laboral.
? Las cantidades a retener establecidas en los literales "A", "B", "C", "D" deberán ser entregadas a la demandante de autos o deberán ser remitidas a.....