Por los motivos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, realizada por los ciudadanos ANGEL JOSE RODRIGUEZ MARTINEZ y LILIA YHOANNA MARCANO JIMENEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros V.10.180.288 y V-12.506.028, respectivamente; y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los une; en virtud del Matrimonio Civil celebrado el día 21 de diciembre de 2008; por ante la Prefectura del Municipio Capital Gómez de la circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada, en la Sala.....