acuerda en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a) Declara CON LUGAR la solicitud realizada por la Abogada ABG. FÁTIMA REYES y por los Acusados de autos ciudadanos FELIPE SEGUNDO PÉREZ PALMAR, EVELIO PÉREZ PALMAR y MARIBEL GONZÁLEZ FERNÁNDEZ, de conformidad con el artículo 164 de nuestro Código Orgánico Procesal Penal y se acuerda celebrar el juicio oral y público de la presente causa en forma UNIPERSONAL en virtud de la solicitud efectuada por los acusados de autos y su Defensor. Se fija el Juicio Oral y Público para el día MIÉRCOLES 05 DE NOVIEMBRE DE 2008 A LA 01:00 DE LA TARDE. Quedan debidamente notificadas las partes de la presente fijación. Se cumplieron las formalidades esenciales dentro de la celebración del presente acto. Se ordena notificar a los testigos ofertados por las partes y acordar el traslado de los acusados antes de la fecha antes indicada. Se registro la presente decisión bajo el Nro. 027-08. Siendo las 12:20 de la tarde, se .....