PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO PARA EL NUEVO RÉGIMEN Y EL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la defensa de fondo opuestas por la Empresa demandada, relativos a la Prescripción de la Acción, solo con respecto a lo relativo a las Diferencia de Prestaciones Sociales.
SEGUNDO: SIN LUGAR la defensa de fondo opuesta por la demandada, relativa a la prescripción de la acción, solo con respecto a la Indemnización por accidente de trabajo y Daño Moral.
TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano JUVENCIO MEDINA, en contra del INSTITUTO MUNICIPAL DE ASEO URBANO (IMAU) por Indemnización por Accidente de Trabajo el Daño Moral.
CUARTO: Se ordena a la demandada a cancelar al ciudadano JUVENCIO MEDINA la cantidad de TREINTA MIL BOLÍVAR.....