Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al penado ÁNGEL AUGUSTO SILVA GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N° 17.233.779, venezolano, natural de Maracaibo, soltero, gamucero, fecha de nacimiento: 23-05-1983, hijo de Ángel González y Elia Silva, residenciado en Barrio El Samide, calle 131E, casa N° 79E-201, entrando por la carnicería El Catire, a dos cuadras del colegio Luis Homes, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, de conformidad con el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, fijándole un plazo de régimen de prueba por el lapso de UN (01) AÑO, CINCO (05) MESES Y VEINTICUATRO (24) DIAS, contados a partir de la presente fecha, la cual terminará de cumplir el día 03-04-2009.- Regístrese la presente decisión. Líb.....