Una vez escuchadas las exposiciones de las partes este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, fundamentando en forma pormenorizada los hechos y el derecho aplicable, en forma oral; haciendo posteriormente el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Se ORDENA DECLINAR LA COMPETENCIA al Juzgado Décimo de Ejecución de la ciudad de Caracas, por encontrarse el imputado JHONNY JOSÉ CARAT, como ha quedado escrito y ser venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, fecha de nacimiento 10/01/1973, de 34 años de edad, de estado civil Casado, de profesión u oficio Albañil, cédula identidad N° 13.264.131, hijo de Dimas Alberto Caraballo y de Miriam Josefina Carat, domiciliado en el Barrio Blanquita de Pérez, Calle 170, Con Avenida 48H, Casa N° 48H-35, Municipio San Francisco, Estado Zulia, solicitado por el delito de ROBO AGRAVADO.
SEGUNDO: Se orden a oficiar al Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite a fin de info.....