Por los fundamentos expuestos y en fuerza e los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales, incoada por el ciudadano SIMÓN ANTONIO SOTO MELENDEZ en contra de las co-demandas las sociedades mercantiles REENCAUCHADORA CARABOBO, C.A, y CAUCHOS CENTER C.A., por lo que se ordena a la demandada el pago de la cantidad de QUINCE MILLONES CIENTO VEINTIOCHO MIL TGRESCIENTOS TREINTA Y DOS MIL BOLIVARES (Bs. 15.128.332,00). Así se decide.por los conceptos señalados en el libelo de demanda y en la parte motiva del presente fallo.
SEGUNDO: SE ORDENA EL PAGO DE LOS INTERESES MORATORIOS, sobre las cantidades condenadas a pagar desde la fecha d.....