Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:PRIMERO: LA NULIDAD de todas las actuaciones subsiguientes al auto de fecha dos de Diciembre del año 1.998 (F. 135, 136 y 137), por el cual se ordenó la citación por carteles de la co-demandada INVERSIONES SOGERIAL, C.A.; ello conforme al artículos 206 del Código de Procedimiento Civil.-
SEGUNDO: Como consecuencia de lo acordado en el punto anterior, se ordena LA REPOSICIÓN DE LA PRESENTE CAUSA, al estado en que se de cumplimiento a la fijación del cartel de citación en la sede de la empresa co-demandada, conforme a la norma prevista en la Ley, para que comience a correr el lapso de la Contestación a la Demanda en el presente juicio.- Así se establece.-
TERCERO: No hay condenatoria en costas en esta causa, dada la naturaleza del fallo.-
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