Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la Solicitud de Revisión y Sustitución de las Medidas Cautelares Privativas de la Libertad, formulada por el interpuesta por la profesional del Derecho FRANCYS PEROZO actuando en su carácter de Defensor Publica del ciudadano JORDAN MANUEL MAS Y RUBI SUAREZ, a quien se les sigue causa por la presunta comisión del delito de por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el articulo 149 de la ley de droga y HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1 del Código Orgánico Procesal Penal, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de ROBERTO CARLOS MORENO que le fueran impuestas en fecha .....