Este Tribunal de conformidad con lo pautado en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la HOMOLOGACIÓN al Desistimiento propuesto por el accionante en la presente causa, en la fecha antes citada, en los términos expuestos en el mismo, dado que la empresa reclamada cumplió con los pagos acordados; pasando tal actuación con Autoridad de Cosa Juzgada; en consecuencia, se ordena el archivo del presente expediente y su remisión al Archivo Regional en su debida oportunidad para su resguardo y cuido, por cuanto la causa en el contenida ha concluido, ordenándose librar oficio a la Coordinación Judicial a los fines legales consiguientes. Líbrese Oficio.-
DRA. ELIDA SUAREZ VELASQUEZ.
JUEZ TEMPORAL.-
ABG. PAULA DIAZ MALAVER.
SECRETARIA TEMPORAL
En esta misma fecha (09-09-2.004), se libró el oficio al Archivo Regional, como está ordenado en el .....