Insta al Apoderado Judicial de la parte demandada ha indicar los folios del expediente objeto de su certificación, y su remisión al Tribunal Superior Agrario del Estado Monagas, con sede en la Ciudad de Maturín, para que decida la Regulación de Competencia por el Territorio planteada, todo ello, de conformidad con lo previsto en el artículo 207 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en concordancia, con lo establecido en el artículo 71 del Código de Procedimiento Civil