Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, OTORGA EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al penado ALBERTO JOSE BARBOZA PEREZ, Venezolano, natural de Maracaibo Estado Zulia, titular de la cédula de identidad Nº 10.453.333, de estado civil divorciado, hijo de Osmel Barboza y de Ismelda Pérez, residenciado en: Sector Potrerito vía principal diagonal al deposito de licores Aurora casa s/n, Municipio La cañada de Urdaneta estado Zulia, estableciéndose un REGIMEN DE PRUEBA DE UN (01) AÑO hasta el día 09-08-2008 todo de conformidad con lo establecido en el artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese y notifíquese la presente decisión. Ofíciese a la Directora de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario a los fines darle cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 496 .....