Por todos los razonamientos antes expuestos de hecho y de derecho, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA TERCERO EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara con lugar desestimación de denuncia interpuesta por la ciudadana ROSALBA BOHÓRQUEZ CARCANO, de nacionalidad extranjera, de 37 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-83.490, residenciada en la calle 2 Casa S/N, frente a la Hacienda San Luís, Barrio Primero de Mayo, Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón, Estado Zulia, en contra de la ciudadana ROSAURA VÁSQUEZ, Por ello, se ordena librar boletas de notificación al Ministerio Público y la denunciante, y remitir las actuaciones que conforman la presente solicitud en la oportunidad legal correspondiente al Ministerio Público para su archivo, de conformidad con el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 302 eius.....