SE CONDENA a la adolescente IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, venezolana, nacida en fecha 24-11-1989, titular de la Cédula de identidad número V-19.774.233, hija de los ciudadanos (SE OMITEN), domiciliada en (SE OMITE), ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas del Estado Zulia, como AUTORA del delito de SIMULACION DE HECHO PUNIBLE VIOLACION, previsto y sancionado en el artículo 374 en concordancia con el Encabezamiento del artículo 239 del Código Penal Venezolano vigente, cometido en perjuicio de la ADMINISTRACION DE JUSTICIA, y VISTA LA ADMISIÓN DE HECHOS, expuesta por la prenombrada imputada, se le IMPONE LA SANCIÓN DEFINITIVA DE IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA POR EL LAPSO DE SEIS (06) MESES de conformidad con lo dispuesto en el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, correspondiéndole al Juzgado de Ejecución competente dotar de contenido l.....