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DISPOSITIVO
En consecuencia, por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por representación judicial de la parte actora-recurrente, en contra de la decisión emanada por el TRIBUNAL DECIMO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en fecha veintiuno (21) de mayo de dos mil veinticuatro (2024). SEGUNDO: SE ORDENA REPONER LA CAUSA al estado de advertir y ordenar la subsanación del libelo de la demanda. TERCERO:NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS a la parte actora-recurrente de debido a la naturaleza de la presente decisión.-
PUBLÍQUESE YREGÍSTRESE.-
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIR.....