VI.- DISPOSITIVA.-
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA NULIDAD del fallo emitido en fecha 19 de septiembre de 2011 por el Juzgado Primero Accidental de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, así como de todo lo actuado con posterioridad al día 25-01-2009 fecha en que la Jueza Accidental Abg. NEIDA GONZÁLEZ LÓPEZ, se abocó al conocimiento del asunto.
SEGUNDO: SE DISPONE que el juez que resulte competente para seguir conociendo la presente causa, proceda de inmediato a los efectos de cumplir con la notificación de la empresa co-demandada INVERSIONES MIL-HER, C.A, a requerir del Registro Mercantil Primero de este Estado, copia certificada.....