Por los fundamentos expuestos:
ESTE JUZGADO DEL MUNICIPIO COLÓN Y FRANCISCO JAVIER PULGAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
1- LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES POR MUTUO CONSENTIMIENTO, propuesta por los ciudadanos CARLOS MIGUEL OMAÑA MEDINA Y ADRIANA DEL CARMEN HURTADO PUCHE, ambos ya identificados, y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día Veintiuno (21) de Marzo del 2009 , por ante La Oficina de Registro Civil de la Parroquia Santa Barbara de Zulia, según Acta No.34, que se acompaña a las actas.- Se deja constancia expresa, que los cónyuges en su Solicitud no relacionaron bienes comunes y manifestaron no haber procreado hijos durante la unión.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, y DÉJESE COPIA CERTIFICADA por Secretaria de la presente decisión a los fines legales previstos en el.....