Este JUZGADO SUPERIOR QUINTO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Maracaibo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación ejercido por la parte demandada recurrente en contra de la decisión de fecha trece (13) de octubre del año 2008, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. SEGUNDO: CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano NEHOMAR JOSE GONZALEZ MACHADO en contra de la sociedad mercantil ENERGIA ELECTRICA DE VENEZUELA, S.A (ENELVEN, S.A), en consecuencia se ordena el reenganche del accionante a sus labores habituales de trabajo, con el correspondiente pago de los salarios caídos. TERCERO: SE CONFIRMA, la decisión apelada. CUARTO: No se condena el pago de costas procesales del presente recurso, a.....