PRIMERO: ADMISIBLE el Recurso de Apelación de Auto interpuesto por el Defensor Público DENEB KAITOS ALONSO, en su condición de Defensor Público Décimo Auxiliar para el Sistema Penal de Responsabilidad de los y las Adolescentes, adscrito a la Unidad de Defensa Pública del estado Zulia, actuando con el carácter de Defensor del Adolescente (IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LOS ARTÍCULOS 545 Y 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), en contra de la decisión de fecha 30 de abril de 2017, publicado el texto en extenso en fecha 04 de mayo de 2017, bajo Resolución No. 270A-17, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.
Se hace constar que la Defensora Pública no ofertó pruebas en su escrito recursivo; asimismo que la Vindicta Pública no presentó escrito de contestación.