Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL UNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) CON LUGAR: la presente solicitud de DIVORCIO (Artículo 185-A del Código Civil), y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos JUAN MANUEL ALBERTO FERNANDO RUAN CASTRO y MELODYS ALEXANDRA LIMA PALACIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 10.192.136 y 11.953.826 respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el 28 de mayo del 2008, ante Jefe Civil y Secretaria de la Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, acta Nº 96, año 2008, acompañada a los autos en Copia Certificada.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por secr.....