..en este orden de ideas quien aquí se pronuncia, no considera procedente la petición de la parte demandada de cambiar el inmueble enajenado por otro que si bien es cierto forma parte del mismo conjunto Residencial, no es menos cierto que no tiene nada que ver con el presente Juicio. Por lo que, este Tribunal, declara improcedente la solicitud efectuada por la apoderada de la parte demandada. ASÍ SE ESTABLECE.