DECISION
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos FRANCISCO LUIS VALDERRAMA PUCHE y DELIA MARÍA GRACÉS NEGRETE, en fecha veintiuno (21) de Septiembre de mil novecientos noventa y nueve (1999), por ante el Prefecto y el Secretario de la Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, tal como se evidencia en el Acta de Matrimonio signada con el Nº 236, folio 75, Libro 2, del año 1999, acompañada a los autos en copia certificada.-
Se ordena Oficiar al Jefe de la Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Maracaibo, así como al Registro Principal del Estado Zulia, a objeto de que estampe la Nota Marginal correspondiente.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por Secretaría de .....