Este JUZGADO SUPERIOR QUINTO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Maracaibo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada recurrente en contra de la decisión de fecha dieciséis (16) de junio del año 2008, dictada por el Tribunal Sexto de Primera Instancia de Juicio para el nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda por prestaciones sociales incoada por el ciudadano ALBERTO JOSE QUIJADA GARCIA en contra de la sociedad mercantil PETROLEOS DE VENEZUELA, C.A (PDVSA). TERCERO: SE MODIFICA EL FALLO APELADO. CUARTO: No se condena al pago de costas procesales del presente recurso a la parte demandada recurrente, en virtud de la parcialidad del mismo.