Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Extensión Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CONSUMADA LA PERENCIÓN y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa por Motivo de: REVISION DE SENTENCIA DE OBLIGACION DE MANUTENCION seguida por la ciudadana: ANGIEMILS COROMOTO CARRILLO ALCALA, venezolana, titular de la cédula de identidad número V-16.170.435, domiciliado en el Municipio Cabimas, Estado Zulia. En contra del ciudadano RICHRD KENNETH SOSA BORJAS, venezolano, titular de la cédula de identidad número V-13.660.518, domiciliado en el Municipio Cabimas del Estado Zulia.
Publíquese, regístrese. Notifíquese. Déjese copia certificada por secretaria, de conformidad con el artículo 248 del código de procedimiento Civil, en concordancia .....