En consecuencia, por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA la acción interpuesta por el ciudadano ELIS ENRIQUE BLANCO REYES en contra de la Empresa PDVSA PETRÓLEO, S.A., por motivo de Calificación de Despido. SEGUNDO: Se condena en costas al ex trabajador demandante por devengar más de TRES (03) salarios mínimos de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59 y 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. TERCERO: Se ordena notificar a la Procuraduría General de la Republica de lo aquí decidido mediante oficio acompañado de copia certificada, de conformidad con lo establecido en el articulo 95 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la Republica, suspendiéndose el proceso por treinta (30) días continuos contados a partir de l.....