Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el profesional del Derecho ALFONSO BALLESTA LOAIZA, en su carácter de defensor del ciudadano OMAR VIDAL, en contra de la sentencia N° 004-07, dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, de fecha 21 de Diciembre de 2006, publicada íntegramente en fecha 24 de Enero de 2007, en el juicio seguido a los ciudadanos OMAR VIDAL GONZÁLEZ y ALEXANDER GIL PALENCIA, por la presunta comisión del delito de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio del Estado Venezolano, haciéndose proce.....