Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PROCEDENTE la pretensión por RESOLUCIÓN DE CONTRATO incoada por la ciudadana CARLA ROQUE DE FREITAS en contra del ciudadano JOSÉ CALDERÓN MORÁN, ambas partes plenamente identificadas en las actas procesales; en consecuencia:
PRIMERO: Se declara resuelto el contrato de arrendamiento suscrito por las partes, ante la Notaría Pública de San Francisco, el día seis (06) de julio de dos mil cinco (2005), quedando anotado bajo el Nº 24, tomo 52, en los libros de autenticaciones llevados por la mencionada notaría.
SEGUNDO: Se condena al demandado JOSÉ CALDERÓN MORÁN, a pagar la cantidad de UN MILLÓN OCHOCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 1.800.000,00), por concepto de tres .....