En consecuencia, esta Jueza Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, ADMITE dicha solicitud por no ser contraria al orden público, a la moral pública o a alguna disposición expresa del ordenamiento jurídico, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el Artículo 511 y siguientes de la mencionada Ley. Ello asi, quien suscribe prescinde de la celebración de la audiencia, y en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda: PRIMERO: DECRETAR la SEPARACION DE CUERPOS y BIENES de los ciudadanos LUISAURA DEL CARMEN MARTINEZ CONTRERAS Y JOHAN JOSE QUIÑONEZ HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédulas de identidad Nº V-22.650.395 y V-20.538.707 respectivamente, asistidos de la abogada PATRICIA HERNADEZ, inpreabog.....