DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: LA HOMOLOGACIÓN de la transacción realizada por la accionante MARIA AUXILIADORA DAVILA DE USCATEGUI, ya identificada, y la entidad de trabajo IGLESIA PARRQUIA JESUS DE NAZARENO, por la cantidad de VEINTE MIL BOLIVARES CON 00/100 CENTIMOS (Bs.20.000,oo), ser pagados la cantidad de veinte mil bolívares Bs.20.000,oo el día viernes 06 de marzo de 2015 a las 10:30 de la mañana y el dinero restante, es decir, la cantidad de diez mil bolívares (Bs.10.000,oo) en cinco (5) cuotas mensuales de dos mil bolívares (Bs.2.000,oo) cada una, a partir del 30 de abril de 2015, en co.....