...Precisado lo anterior, considera quien aquí se pronuncia que, por cuanto en el libelo de demanda no se señala expresamente contra quien se propone la demanda, incumple con lo establecido en la disposición contenida en el numeral 2° del Artículo 340 eiusdem, e igualmente no consigna copia certificada del documento de propiedad del inmueble objeto de la presente acción, es decir, no aporta todos los recaudos necesarios a que hace alusión el artículo 691 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual, considera quien aquí se pronuncia que dicha demanda no reúne todos los requisitos de admisibilidad establecidos en la ley, por lo que, se impone para este Tribunal declarar INADMISIBLE la presente demanda en los términos en que ha sido formulada. ASI SE DECIDE.-
Por las razones expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la .....