DISPOSITIVO
En virtud de lo antes expuesto, éste JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundada en el Artículo 185-A del Código Civil, presentada por los Ciudadanos DOUGLAS JOSÉ, MEDINA ALVARADO y ROSA VIRGINIA, RAGA PAZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-11.888.361 y V-8.700.806, respectivamente.
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído en fecha veintisiete (27) de Septiembre del año mil novecientos noventa y siete (1.997), por ante la Prefectura del Municipio Cabimas del Estado Zulia, bajo el N° 243, Libro N° 1, del año: 1.997.
Se deja expresa constancia que los solicitantes estuvieron asistidos por el Profesional del Derecho HENRY ALVARADO LABRADOR, inscrito en el Institut.....