Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL NOVENO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EN FUNCIONES DE JUICIO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por la Fiscal 20° del Ministerio Publico, y ACUERDA: PRIMERO Revocar la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Preventiva de Libertad que les fuera dictada por el Tribunal 4° de Juicio de este Circuito a los acusados JAIDER ADOLFO MENDEZ CONDE, MANUEL BRITO GURRERRO y MERVIN LUIS RUJANO ESCOBAR plenamente identificados, según articulo 262 1° y 3° 262 del Código Orgánico Procesal Penal SEGUNDO: Se acuerda librar Orden de Aprehensión en contra de lo tres ciudadanos ya mencionados, quienes deberán ser ingresados en el Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas "El Marite", a la orden de este Tribunal según el articulo 44 1° de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 250° del Código Orgá.....