JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DE RESPOSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el Artículo 555, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, RESUELVE: 1) Declarar con lugar la solicitud hecha por la Defensa Especializada, en cuanto a la Prescripción de la Acción, por haber transcurrido el lapso de Ley. 2) Pronunciarse por separado sobre el Sobreseimiento de la presente causa, a favor del Adolescente (OMITIDO), en la presunta comisión del delito de HURTO, en perjuicio del Ciudadana víctima DAIXI ANGELICA SOTO MARTINEZ. Y así se declara. Concluye el presente acto, siendo la una y cincuenta minutos (1:50) de la tarde. Se leyó la presente acta con la cual quedaron notificadas las partes. Se deja constancia que en la realización de este acto, se dio cump.....