a) AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a las ciudadanas MARISOL COROMOTO ZAMBRANO GONZALEZ, titular de la cedula de identidad Nº 10.420.606 y MARISOL FERNANDEZ, titular de la cedula de identidad N° 9.186.233, para que retiren en cheque de gerencia a Nombre de este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, por ante el Ministerio de Defensa, Comandancia General del Ejercito, las cantidades de dinero que le puedan corresponder a los niños MARIA JOSE, ARMANDO JOSE e IVANA DEL CARMEN SERRANO ZAMBRANO, YULIANNIS DE LOS ANGELES y ARLY ADRIAN SERRANO FERNANDEZ como beneficiarios y herederos del ciudadano PEDRO RAFAEL SERRANO.-
b) No hay costas por la naturaleza del presente procedimiento.