Por las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior de Protecciòn de Niños, Niñas y Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, CON LUGAR en recurso de hecho presentado por la ciudadana ELIZABETH ARBELAEZ CHIRINOS, representada judicialmente por los abogados LUIS RAFAEL MELENDEZ GARCIA y RACERY RIVERO RIERA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo los números 90.001 y 199.643, respectivamente, en contra del auto de fecha 19 de diciembre de 2014, dictado por Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en la ciudad de Barquisimeto. En consecuencia, se revoca dicho auto y se ordena escuchar la apelación en el efecto devolutivo para ser tramitado en el cuaderno respectivo.
Publíquese y regístrese.