DECISIÓN
Por las razones y fundamentos anteriormente expuestos, el Juez Presidente Suplente de la Sala Única de la Corte de Apelaciones del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente Con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra La Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR, por ser procedente en derecho la inhibición propuesta de conformidad con lo establecido en los artículos 86, numeral 7° y 87 del Código Orgánico Procesal Penal, por la DRA. HIZALLANA MARIN URDANETA, en su carácter de Jueza Profesional Suplente de la Sala Única de la Corte de Apelaciones del Sistema de Responsabilidad Penal de Adolescentes con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra La Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual se inhibió del conocimiento de la causa VP02-R-2011-000009, seguida en contra de los adolescentes acus.....