DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE RESOLUCION DE CONTRATO DE OPCION DE COMPRA-VENTA, (DAÑOS Y PERJUICIOS), intentada por la ciudadana ROSA ELENA BARRIOS de CAMACHO, en su carácter de representante de la Empresa "AGROPECUARIA CERRO ATRAVEZADO C.A., contra el ciudadano OMAR LISANDRO CORDERO BRANDY, todos antes identificados. En consecuencia Primero: Se declara Resuelto el contrato de Opción de compra-venta, suscrito en fecha 19/11/2.007 por ante la Notaría Pública Cuarta de Barquisimeto Estado Lara, anotado bajo el Nº.59, tomo 383 de los libros de autenticaciones llevados por esa Notaría, Segundo: La parte actora retendrá para si la cantidad de Bs.F. 18.000,00, otorgada por el accionado como inicial, por concepto de indemnización de daños y perjuicios; Tercero: Se condena en costas a la parte demandada por haber resultado vencida, en la interposición de la pretensión de conformidad con el articulo 274 del Código De Procedimiento Civil