DISPOSITIVO
Por las razones anteriormente expuestas, éste TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMITE el Recurso de Nulidad de Acto Administrativo en contra del Acto Administrativo de efectos particulares dictado por la Inspectoría del Trabajo Dr. Luís Homez de Maracaibo, Estado Zulia, consistente en Providencia Administrativa de fecha 20 de junio del 2012, mediante la cual se ordenó el Reenganche y Pago de Salarios Caídos del ciudadano CARLOS MATOS, ya identificado, en contra de la Sociedad Mercantil MAERSK CONTRACTORS VENEZUELA, S.A.
SEGUNDO: NOTIFÍQUESE al Inspector del Trabajo Jefe de la Inspectoría del Trabajo Dr. Luís Homez de Maracaibo del Estado Zulia, de conformidad con lo dispuesto en artículo 78 de la Ley Orgánica la Jurisdicción Contencioso Administrativa, acordando solicitarle .....