Analizados los supuestos de procedencia anteriormente expuestos, observa este Tribunal que la decisión recurrida ante esta instancia por medio de los recursos de casación ya analizados, cumplen con todos los requisitos de procedencia, por lo que, debe este JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, declara: ADMISIBLE el Recurso de Casación, anunciado en fechas catorce (14) y quince (15) de diciembre de 2011, por los abogados MARIA ROJAS DE GOMEZ y RENE RUBIO en representación judicial de la parte demandada la primera de ellos, y el segundo en representación judicial de la parte demandante en esta causa, contra la sentencia dictada por este Tribunal en fecha nueve (09) de diciembre de 2011. ASI SE DECLARA.