DECISIÓN
Por los fundamentos de hecho y de derecho expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, procede a declarar Perimida la Instancia en el Juicio de Desalojo y Cobro de Bolívares, seguido por el Abogado EUGENIO BLANCHARD RHODE, en su carácter de Apoderada judicial de la ciudadana IMELDA GARCIA DE MERIDA, en contra de los ciudadanos ANGEL GREGORIO GARCIA VIRLA y MARISOL GONZALEZ PEREZ, todos identificados en la parte narrativa del presente fallo, en consecuencia:
No hay condenatoria en costas de conformidad con el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Se hace constar que el Abogado en ejercicio EUGENIO BLANCHARD RHODE obró en el presente proceso como Apoderado Judicial .....