Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Cuarto de Primera Instancia
en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial con Competencia
en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Zulia,
administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por
autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: CON LUGAR EL SOBRESEIMIENTO de la causa
seguida al ciudadano JOSE MANUEL LABARCA RADA VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD,
TITULAR DE LA CEDULA V.- SE DESCONOCE por la presunta comisión de los delitos de
VIOLENCIA PSICOLOGICA previsto y sancionado en el artículo 39 de la Ley Orgánica
Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (2014), cometido en
perjuicio de la ciudadana LISBETH ANTONIA RADA MEZA VENEZOLANA, MAYOR DE
EDAD, TITULAR DE LA CEDULA V.-13.243.647,, por cuanto a pesar de la falta de certeza,
no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación,
de confor.....